LGTBifobia

Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid

La Ley 3/2016, de 22 de Julio, en el marco de sus competencias, tiene por objeto regular los principios, medidas, instrumentos y procedimientos para garantizar el derecho de toda persona en la Comunidad de Madrid a no ser discriminada por razón de su orientación o diversidad sexual o por su identidad o expresión de género, reales o percibidas, a no sufrir presiones, desprecio o discriminaciones por ello, así como el derecho a su integridad física y psíquica, en todas las fases de su vida y en todos los ámbitos de actuación, tanto públicos como privados.

 En el ámbito de la Comunidad de Madrid, el artículo 1.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, proclama que «La Comunidad de Madrid, al facilitar la más plena participación de los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, aspira a hacer realidad los principios de libertad, justicia e igualdad para todos los madrileños», y el Artículo 7.4 establece que «corresponde a los poderes públicos de la Comunidad de Madrid, en el ámbito de su competencia, promover las condiciones para la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social».

En el marco de lo previsto en estos artículos y en ejercicio de las competencias que la Comunidad de Madrid tiene atribuidas en virtud de lo dispuesto en los artículos 26.1.23, 27.4, 28.1, apartados 1 y 12, y 29, de su Estatuto de Autonomía, se ha elaborado la presente Ley, que tiene por objeto establecer un marco normativo adecuado para garantizar el derecho de toda persona en la Comunidad de Madrid a no ser discriminada por razón de su identidad o expresión de género, así como a proteger el derecho de cada persona a establecer con plena liberad los detalles de su identidad de ser humano.

La presente Ley de «Protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid» tiene por objeto establecer un marco normativo adecuado para garantizar el derecho de toda persona en la Comunidad de Madrid a no ser discriminada por razón de su orientación sexual o identidad y/o expresión de género.

Asimismo, la Ley garantizará una protección efectiva por parte de la Administración de la Comunidad de Madrid a personas que sean víctimas de discriminación y delitos de odio, o sufran trato discriminatorio, vejatorio o degradante por orientación sexual e identidad y/o expresión de género.

Igualmente, no se puede dejar atrás a los más olvidados hasta ahora por la sociedad, los mayores LGBTI, que sufren mayor discriminación, por su edad y por pertenecer a un colectivo, el LGBTI, hostigado, criminalizado y marginado durante décadas.

Las personas mayores transexuales tienen también características propias y sufren especialmente discriminación, de ahí que sea necesario establecer leyes en las que se incluyan la protección a las personas mayores LGBTI que nos antecedieron en el camino y que todavía siguen vivos. Personas que a lo largo de su vida no han contado con ninguna protección y siguen sin contar con el reconocimiento que sus especificidades presentan en este ámbito de actuación y que necesitan de un apoyo explícito de las instituciones públicas.

 

Descargar: LEY 3/2016, de 22 de julio